Publicada la segunda convocatoria INNOGLOBAL 2018

El pasado 23 de junio, el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) publicaba la segunda convocatoria del año 2018 del programa INNOGLOBAL, cuyo plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 7 de noviembre de 2018 y finalizará el día 5 de diciembre de 2018, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Las ayudas enmarcadas en este programa se destinan a fomentar la cooperación internacional en actividades e investigación y desarrollo (I+D). Se financiará la participación de las empresas españolas integrantes de consorcios internacionales que participen en los programas internacionales que se relacionan en el Anexo I de la convocatoria. Los proyectos objeto de ayuda serán proyectos de I+D, en la modalidad de proyectos individuales, y podrán incluir actividades de investigación industrial y/o desarrollo experimental. Deberá acreditarse asimismo el carácter internacional de los proyectos. Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria todas aquellas empresas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España.

A continuación, se resumen algunas de las características de estas ayudas:

  1. Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones.
  2. La financiación de las ayudas podrán tener carácter plurianual, en concordancia con la duración de los proyectos.
  3. La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias, respetando los límites de intensidad de ayuda establecidos en el artículo 40, apartados 1 y 4, de la Orden de bases reguladoras, para los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental.
  4. En todo caso el importe máximo de subvención será el siguiente:
    • Para las aprobado.pequeñas empresas, hasta el 50% del presupuesto financiable.
    • Para las medianas empresas, hasta el 40% del presupuesto financiable aprobado.
    • Para las grandes empresas, hasta el 30% del presupuesto financiable aprobado.

    No obstante, la cuantía máxima de subvención por solicitud y proyecto será de 400.000 euros.

  5. La percepción de las ayudas reguladas en la presente convocatoria será incompatible con cualquier otra subvención o ayuda destinada al mismo proyecto.

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