Programa de cooperación bilateral con seguimiento unilateral CDTI

El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) abre una nueva Convocatoria del Programa de Cooperación Bilateral con Seguimiento Unilateral, destinada a proyectos de I+D+i transnacionales orientados a mercado entre empresas españolas y entidades (empresas, centros de investigación, universidades u organizaciones activas en I+D) de los siguientes países:

Argelia, Argentina, Australia, Bangladesh, Brasil, Camboya, Chile, China, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Egipto, India, Indonesia, Filipinas, Japón, Laos, Líbano, Malasia, México, Marruecos, Myanmar, Pakistán, Perú, Singapur, Sri Lanka, Taiwán, Tailandia, Túnez, EEUU y Vietnam.

Características de los proyectos:

  • Criterio mínimo de elegibilidad: un socio cualificado de cada uno de los países (1 empresa española + 1 entidad extranjera – empresa, centro de investigación, universidad u organización activa en I+D)
  • Carácter innovador del proyecto; que suponga la creación o mejora significativa de un producto, proceso o servicio orientado a mercado.
  • La duración del proyecto podrá ser de 1 a 3 años.
  • La cooperación tecnológica ha de ser efectiva entre ambos países (todos los socios de manera equilibrada añaden valor dentro del proyecto).

Fecha de corte para evaluación de propuestas: 23 de octubre de 2017.

Modalidad y cuantía de la financiación:los proyectos de I+D presentados, podrán financiarse mediante una de las dos siguientes opciones:

  • Mediante la Convocatoria de subvenciones INNOGLOBAL, en donde se financiarán aquellos proyectos que cumplan con los requisitos de dicha convocatoria, mediante concurrencia competitiva.
  • También podrán ser apoyados financieramente en base a una Ayuda Parcialmente Reembolsable con las condiciones de los proyectos de I+D de Cooperación Internacional de CDTI, similares a las de los proyectos enmarcados en los Programas Multilaterales y Bilaterales vigentes. Una cobertura financiera de hasta el 75% del presupuesto total aprobado, pudiendo excepcionalmente alcanzar el 85%, con un tramo reembolsable y un tramo no reembolsable del 33%

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