Publicada la convocatoria de ayudas para el fortalecimiento industrial dentro del PERTE Agroalimentario

Beneficiarios

Podrán acogerse a las ayudas establecidas las agrupaciones sin personalidad jurídica propia que hayan establecido, antes de la presentación de la solicitud, un acuerdo interno que regule el funcionamiento de la misma, y que cumpla los requisitos establecidos en la orden.

Estas agrupaciones deberán estar conformadas por un mínimo de 4 entidades y un máximo de 60 entidades. Sólo podrán formar parte de las mismas las sociedades mercantiles privadas, sociedades cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación.

Tipos de proyectos

Cada agrupación podrá presentar un único proyecto tractor, que estará conformado por un conjunto de proyectos primarios individuales y en cooperación, a través de los cuales se cubren las actuaciones definidas en los bloques de competitividad, trazabilidad y seguridad alimentaria.

Todos los primarios se deberán de encuadrar a su vez en algunas de las tipologías de proyectos de las líneas de investigación, desarrollo e innovación, así como de innovación en protección al medio ambiente y eficiencia energética que se definen en las bases reguladoras.

Tipos de ayudas

La convocatoria contempla la posibilidad de otorgar ayudas en forma de subvención, préstamo o una combinación de ambas. Determinados tipos de empresas tendrán la obligación de solicitar una cuantía de préstamo mínimo.

El tipo de interés de los préstamos será el 0%, y se otorgan con un plazo de amortización de 10 años con 3 años de carencia.

El desembolso de la ayuda se efectuará previo a la ejecución de los proyectos, una vez se haya resuelto la convocatoria y previa constitución de las garantías correspondientes.

Garantías

La convocatoria establece unas garantías, para la ayuda en forma de subvención, que varían del 40% al 100% en función de la ayuda que reciba cada entidad respecto de la ayuda total otorgada al proyecto tractor.

En el caso de la ayuda en forma de préstamo, las garantías que se exigirán dependerán de la calificación financiera establecida, y podrán variar del 10% hasta el 20%.

Para las entidades de nueva creación se exigirán unas garantías del 100% del importe de la ayuda en forma de subvención y del 41% del importe de la ayuda en forma de préstamo.

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