Abierta la convocatoria 2025 de Grupos Operativos

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha lanzado la convocatoria anticipada de ayudas 2025 destinadas a apoyar la preparación y ejecución de proyectos de innovación liderados por grupos operativos supraautonómicos, en el marco del Plan Estratégico de la PAC (PEPAC) de España. Estas ayudas se enmarcan en la estrategia de la Asociación Europea para la Innovación (AEI-Agri), orientada a mejorar la productividad y sostenibilidad del sector agroalimentario y forestal.

El plazo de solicitud de iniciativas ya se encuentra abierto hasta el 4 de junio de 2025 a las 14:00h., hora peninsular.

Las presentes ayudas serán cofinanciadas al 80% a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y al 20% por el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación.

 

¿Qué tipo de proyectos se financian?

Se apoyarán proyectos de innovación aplicada, desde la preparación inicial hasta su ejecución, con resultados transferibles y de utilidad para otros actores del sector. Las iniciativas deben contribuir a los objetivos de la PAC y abarcar áreas como:

Uso eficiente de recursos naturales.

Mejora de la competitividad y

Mitigación del cambio climático.

Modelo de innovación interactiva.

Contribución a modernizar la agricultura y las zonas rurales, promoviendo la digitalización, la transferencia de conocimiento y la formación.

Beneficio de un sector o subsector a nivel nacional.

 

Composición del grupo operativo:

Podrán beneficiarse de estas ayudas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas y/o privadas, que cumplan los siguientes requisitos:

Máximo de 16 miembros en total.

Hasta 8 miembros pueden estar contratados y/o subcontratados.

Al menos dos miembros deben ser independientes entre sí.

Cada agrupación podrá tener hasta 8 integrantes solicitantes de subvención.

Los miembros deben contar con estructura y medios suficientes para ejecutar el proyecto.

La agrupación deberá designar un representante único, que actúe como interlocutor con la Administración, que sea el único perceptor de la ayuda y que sea una entidad sin ánimo de lucro y de naturaleza jurídica privada.

 

Requisitos generales para cada miembro:

– Constitución legal en España, con capacidad jurídica y de obrar.

Empresas con domicilio social y fiscal en España.

– Declaración responsable de no incurrir en prohibiciones para recibir subvenciones y no haber recibido ni solicitado otras ayudas para el mismo fin (o renunciar si se recibe otra).

– Cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, acreditable por:

– Autorización para que la administración consulte los datos.

– Presentación de certificados válidos.

– Declaración responsable (solo si se solicita menos de 3.000 €).

 

Gastos elegibles:

– Gastos de preparación del proyecto: hasta 12.600€ por iniciativa.

– Gastos de personal: costes unitarios por hora.

– Viajes, alojamiento y manutención:hasta 3,1% del gasto de personal.

– Contratación de servicios técnicos, tecnológicos, consultoría, auditoría.

– Alquiler de equipos, fincas, maquinaria y espacios para divulgación.

– Inversiones productivas (financiadas al 65%) y no productivas (financiadas al 100%) -maquinaria, software, patentes, etc.-.

– Costes indirectos: hasta un 15% de los gastos de personal.

Las actividades subcontratadas no podrán superar el 60% del total del gasto subvencionable.

 

 

Toda la información aquí.

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