AYUDAS A LA PROMOCIÓN EXTERIOR DEL VINO DE CASTILLA Y LEÓN

La Consejería de Agricultura y Ganadería de Castilla y León convoca, con fecha 4 de febrero, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para las medidas de información y de promoción en terceros países de los productos vinícolas y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías: vinos con denominación de origen protegida, vinos con indicación geográfica protegida y vinos en los que se indique la variedad de uva de vinificación.

 

El importe de estas ayudas está sujeto a tributación en el Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas o Impuesto de Sociedades, según corresponda, y podrán presentar solicitudes para acogerse a la financiación de las medidas de promoción en terceros países los siguientes grupos que tengan su domicilio fiscal en Castilla y León:

a) Empresas vinícolas.

b) Las organizaciones de productores, asociaciones de organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.

c) Órganos de gestión de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas vínicas.

d) Asociaciones de exportadores y consorcios de exportación, participados exclusivamente por empresas del sector vitivinícola.

e) Entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola, que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.

f) Las cooperativas de segundo o ulterior grado que comercializan vinos elaborados por sus bodegas cooperativas asociadas.

g) Asimismo, y en caso de existir suficiente disponibilidad de presupuesto, tras la aprobación de los programas correspondientes a los tipos de beneficiarios antes indicados, podrán considerarse también beneficiarios los organismos públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de productos y mercados en terceros países.

Los interesados podrán presentar su solicitud y documentación complementaria desde el día siguiente a la publicación de la presente orden y hasta el día 14 de febrero de 2015 inclusive.

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